Es el segundo país en el continente, luego de Costa Rica, en adoptar este instrumento.

La Cámara de Senadores del Parlamento aprobó el documento en agosto, después de un proceso que comenzó en 2011, cuando Uruguay inició un trabajo conjunto con Chile, Argentina y Costa Rica respecto a la conveniencia de contar con una convención interamericana que proteja los derechos de las personas mayores, la Cámara de Senadores del Parlamento uruguayo, le dio el visto bueno final a la iniciativa.

Este primer esfuerzo se transformó en el documento que aprobó la Asamblea de la Organización de Estados Americanos (OEA) en 2015. El director de la División de Regulación del Instituto Nacional de las Personas Mayores (Inmayores) del Ministerio de Desarrollo Social, Ignacio Sammarco, dijo que esta disposición será vinculante para Uruguay, que deberá generar las modificaciones necesarias para lograr lo establecido en la convención, que amplía la protección de los derechos de las personas mayores. Esto significa que el país debe adecuar su normativa, disposiciones legales y administrativas a lo que establece la Convención, en pos del cumplimiento de los derechos y de la protección contra todo tipo de discriminación hacia las personas mayores.

Sanmarco explicó que está previsto un mecanismo de seguimiento compuesto por la Conferencia de Estados Parte y por el Comité de Expertos para el cumplimiento del instrumento, donde se darán a conocer las recomendaciones en base al trabajo realizado por cada miembro.

La Convención significa un gran avance en el cambio de paradigma sobre la comprensión del envejecimiento y la vejez, concibiendo a las personas mayores en su integralidad y como sujetos de derecho.

Es el primer instrumento regional de su tipo en el mundo y el primero en plantear las desigualdades de género en la vejez. También incorpora temas que previamente eran tratados de forma marginal como la violencia y el maltrato en esta etapa de la vida y los derechos de las personas mayores que reciben servicios de cuidado a largo plazo.

El objetivo de la Convención, según versa el documento aprobado en la segunda sesión plenaria de la Asamblea General de la OEA, “es promover, proteger y asegurar el reconocimiento y el pleno goce y ejercicio, en condiciones de igualdad, de todos los derechos humanos y libertades fundamentales de la persona mayor, a fin de contribuir a su plena inclusión, integración y participación en la sociedad”. Los Estados parte se comprometen con esta normativa “a salvaguardar los derechos humanos y libertades fundamentales” de las personas mayores “sin discriminación de ningún tipo”. Entre las obligaciones, se establece la adopción de medidas para “prevenir, sancionar y erradicar aquellas prácticas contrarias a la presente Convención, tales como aislamiento, abandono, sujeciones físicas prolongadas, hacinamiento, expulsiones de la comunidad, la negación de nutrición, infantilización, tratamientos médicos inadecuados o desproporcionados, entre otras, y todas aquellas que constituyan malos tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes que atenten contra la seguridad e integridad de la persona mayor”.

Fuente: Presidencia – Foto: La República