El Banco Central (BCU) definió una medida para mitigar problemas de capital en la fase baja del ciclo económico.

El Banco Central (BCU) adoptó una medida que analizaba desde hace un tiempo y que acerca al sistema bancario local al estándar internacional sobre requisitos de capital: el “colchón de capital contracíclico”.

Según una circular del BCU, “la Superintendencia de Servicios Financieros podrá exigir que los bancos, excluidos los bancos de inversión, deban mantener un capital común adicional (colchón de capital contracíclico) al requerido para cumplir con la responsabilidad patrimonial neta mínima y con el colchón de conservación de capital”.

Cuando en diciembre pasado puso esta normativa en consulta (para recibir comentarios), el Banco Central señaló que “la experiencia pone de manifiesto que durante la fase alta del ciclo”, es decir cuando la economía está en crecimiento “se subestiman de manera generalizada los riesgos” al momento de otorgar créditos y esos riesgos “se materializan”, por ejemplo mediante los atrasos o impagos de los créditos “cuando la economía ingresa en la fase baja del referido ciclo”.

La nueva normativa “pretende prevenir y mitigar” posibles insuficiencias de capital en la fase baja del ciclo “mediante la acumulación de capital adicional durante la fase alta del ciclo (de ahí su nombre de colchón de capital contracíclico), aumentando así la capacidad de las instituciones para absorber pérdidas durante la fase baja, había explicado el Central.

Según un análisis de la consultora CPA Ferrere, el “colchón de capital contracíclico”, será de entre 0% y 2,5% de los activos y riesgos y compromisos contingentes ponderados por riesgo de crédito, mercado y operacional.

Para determinar qué porcentaje corresponde, el Central analizará una serie de variables: detección de la fase del ciclo económico en la que se encuentra la economía (expansión, estancamiento, recesión, recuperación), con base en métodos estadísticos estándar; la evolución del crédito a empresas y familias; la relación del crédito y los activos bancarios; la relación del crédito sobre el Producto Interno Bruto; y otras.

En caso que un banco no cumpla, se le restringirá el pago de utilidades, remuneraciones variables a directores, síndicos y fiscales, pagos vinculados a instrumentos de capital adicional y compra de acciones propias y reducción de su capital social.

 

La contradicción: cuánto más capital deben tener los bancos para mitigar riesgos, más impuestos pagan
Un aspecto que es contradictorio, es que mientras el Banco Central les exige a los bancos contar con más capital, para de esa forma mitigar riesgos, más impuestos tienen que pagar.

Al aumentar el capital, más dinero deben destinar al pago del Impuesto al Patrimonio.

Además, los bancos están más gravados por este tributo. Mientras todos los sectores pagan 1,5% de Impuesto al Patrimonio, los bancos abonan el 2,8%.

Fuente: El País