La reglamentación de la ley del cannabis que entrará en vigencia la semana próxima fue presentada por las autoridades de Uruguay. El precio en la farmacia rondará los 20 pesos uruguayos por gramo, habrá controles en el tránsito como con el alcohol y el Correo centralizará el registro de los consumidores. La venta en farmacias comenzará en noviembre.

El gobierno presentó a última hora de la tarde del viernes la reglamentación de la ley que libera y regula el consumo de marihuana en Uruguay. Se prevé que entre en vigencia el próximo martes.

En conferencia de prensa, el prosecretario de Presidencia, Diego Cánepa, y el secretario general de la Junta Nacional de Drogas, Julio Calzada, dieron a conocer los detalles de esta reglamentación que contiene 104 artículos.

El Decreto Reglamentario de la Ley N.° 19.172 establece el permiso para el autocultivo, para la distribución en clubes de membresía y para la venta en farmacias, la cual comenzará recién sobre noviembre y lo harán aquellos locales que estén habilitados.

El sistema es excluyente, por lo que el que decida autocultivar no podrá comprar en farmacias ni pertenecer a un club o viceversa. El usuario tendrá que inscribirse en el Instituto de Regulación y Control de Cannabis (Ircca) en los tres casos.

Quienes posean plantas en su hogar deberán registrarlas en el Ircca en un plazo de 180 días y se controlará un máximo de tetrahidrocannabinol de 15%, lo cual indica el efecto de la droga sobre el consumidor.

«Solo podrán ser titulares de un cultivo doméstico aquellas personas mayores de edad, ciudadanos uruguayos naturales o legales, o quienes acrediten su residencia permanente en el país», señala el decreto.

Además, para comprar en farmacias deberán registrarse en el Correo con sus huellas dactilares, que serán identificadas en la farmacia a la hora de ir a comprar, sin la necesidad de revelar la identidad del comprador. En el caso del autocultivo, los compradores deben presentar cédula y constancia del domicilio al Correo, así como también declarar la ubicación del cultivo.

Toda información, que según Cánepa será de “carácter reservado”.

Aunque no es obligatorio, las farmacias que vendan, obtendrán un 30% de la ganancia y se prevé que capten el 25% del mercado. El producto no puede estar expuesto a la vista del público.

La norma prohíbe toda forma de publicidad de la sustancia psicoactiva, que será vendida sin marcas ni distintivos.

Serán destinadas 10 hectáreas para el cultivo de las cinco variedades distintas que estarán a la venta en las farmacias a un costo de entre $20 y $22 el gramo.

Podrá comprarse hasta 40 gramos por mes en envases no mayores a 10 gramos.

En el caso de los clubes canábicos, podrán tener un mínimo de 15 miembros y un máximo de 45.

No estará permitido el consumo en espacios públicos cerrados ni de trabajo y las empresas podrán realizarle exámenes a sus trabajadores. En el tránsito se realizarán controles para los conductores al igual que se hace hoy con el alcohol ya que se prohíbe conducir bajo los efectos de la droga.

Quien produzca cannabis sin autorización legal será castigado con pena de 20 meses de prisión a 10 años de penitenciaría.

Para los interesados en producir, el IRCA otorgará mediante licitación un máximo de seis licencias a privados, a dos semanas de entrada en vigencia la ley. Las empresas deberán encargarse tanto del cultivo, como del almacenamiento, empaquetado y distribución hacia las farmacias correspondientes.

Fuente: Portal 180