Funcionará en el ámbito de la DINAMA desde donde registrará y actualizará la información medioambiental.

El Poder Ejecutivo promulgó la Ley N.° 19.147 que establece la creación del Observatorio Ambiental Nacional. Este está constituido en el ámbito de la Dirección Nacional de Medio Ambiente (DINAMA) del Ministerio de Vivienda Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente (MVOTMA) y cuenta con la participación de la Dirección Nacional de Agua y organizaciones departamentales y nacionales que inciden en la temática ambiental. El Observatorio registrará y actualizará la información medioambiental.

El texto legal establece que los cometidos del Observatorio Ambiental Nacional implicarán la centralización y actualización de la información nacional del estado del ambiente, respecto a los indicadores del estado, presión y respuesta con la consecuente elaboración y remisión de los indicadores e índices al Poder Ejecutivo, siguiendo determinados criterios, que están indicados en la propia ley.

El Observatorio procederá a la más amplia difusión de la información recopilada a través de un sistema que será especialmente comunicada por intermedio de la página web del MVOTMA.

Fuente: La Gaceta